(a) La parte peticionaria presentará al tribunal su alegato dentro de los treinta (30) días posteriores al recibo de la notificación a que hace referencia la Regla 35(c).
(b) La parte recurrida presentará al tribunal su alegato dentro de los treinta (30) días posteriores al recibo de la copia del alegato de la parte peticionaria.
(c) Los alegatos se regirán por las disposiciones de la Regla 33 en cuanto a su forma y contenido.