Regla 19. Alegatos en apelación

PR Laws tit. 4A, § 19 (2018) (N/A)
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(a) Dentro de los treinta (30) días del recibo de la notificación a que hace referencia la Regla 35(c), la parte apelante presentará al tribunal su alegato, el cual deberá cumplir con las disposiciones de la Regla 33.

(b) Dentro de los treinta (30) días del recibo de la copia del alegato de la parte apelante, la parte apelada presentará al tribunal su alegato, el cual también cumplirá con las disposiciones de la Regla 33.