Regla 39. Situaciones no previstas

PR Laws tit. 4A, § 39 (2018) (N/A)
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El Director o la Directora, con la aprobación del Presidente o de la Presidenta de la Junta, podrá tomar medidas para atender situaciones no previstas en la forma como, a su juicio, sirva a los mejores intereses de todas las partes.