(7.1) Modificación al Plan de Clasificación.— Comprende toda acción que tienda a crear clases y/o abolir o enmendar las clases existentes.
(7.2) Revisión de la clasificación original.— Comprende aquellos casos en que al clasificar originalmente el puesto no se tenía toda la información o se clasificó erróneamente. También comprende los casos en que debido a la influencia de los incumbentes los puestos evolucionan variando, ampliando o disminuyendo los deberes y responsabilidades.
(7.3) Cambio sustancial en deberes.— Comprende aquellos casos en que los deberes y responsabilidades del puesto o puestos se alteran en grado tal que se introducen elementos de clasificación diferentes a los que prevalecían al momento de determinarse la clasificación.
(7.4) Acciones resultantes de la reasignación.— La reasignación de puestos, independientemente del criterio envuelto, ocasionará una de las siguientes acciones:
(a) Asignar un puesto a una clase cuya escala de retribución sea superior a la de clase previamente asignada;
(b) asignar un puesto a otra clase de igual escala de retribución, o
(c) asignar un puesto a una clase cuya escala de retribución sea inferior a la de la clase previamente asignada.