Regla 36. Licencia sabática para jueces

PR Laws tit. 4A, § 36 (2018) (N/A)
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El Juez Presidente podrá conceder a los jueces, con excepción de los jueces de paz, licencia sabática para realizar estudios o investigaciones que redunden en beneficio de la Rama Judicial en armonía con el reglamento que se adopte a este efecto.