Se determinarán los deberes y responsabilidades de los puestos creados o que se creen en el futuro en la Rama Judicial, agrupándose estos puestos dentro de clases, para constituir el Plan de Clasificación. Cada clase agrupará aquellos puestos con deberes sustancialmente similares en cuanto a responsabilidad, complejidad y autoridad dentro de la estructura funcional de la Rama Judicial y que para desempeñar los mismos se requieren requisitos análogos de preparación, experiencia, conocimientos, habilidad y la misma capacidad para la mejor ejecución de esos deberes; que se utilicen criterios similares para reclutar los candidatos más idóneos y que se puedan aplicar con equidad las mismas escalas de retribución a trabajos sustancialmente similares.
Cada clase de puestos se designará con un título descriptivo y se establecerá una especificación de clases con un concepto que abarque ese título y que describa adecuadamente las tareas típicas a realizarse y los requisitos mínimos deseables a exigirse a las personas que se seleccionen para desempeñarlos. Este título se conocerá como el título oficial del puesto y se usará en todos los asuntos en que esté envuelto el mismo.