Regla 3. Competencia

PR Laws tit. 4A, § 3 (2018) (N/A)
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El recurso se presentará en la sala del Tribunal de Primera Instancia que se hubiera dispuesto por ley. En aquellos casos en que no haya disposición de ley al respecto, el recurso se presentará en la sala del lugar donde se esté, se planee o se haya llevado a cabo la actividad o incidente que hubiera dado lugar a la controversia. Si la actividad o incidente se lleva o se llevará a cabo, o hubiere ocurrido en más de un distrito judicial, se podrá presentar el recurso en cualquiera de las salas ubicadas en tales distritos judiciales.