Regla 19. Poder adicional de reglamentación del tribunal

PR Laws tit. 4A, § 19 (2018) (N/A)
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En situaciones no previstas por este reglamento, el tribunal encauzará el trámite en la forma que, a su juicio, sirva los mejores intereses de todas las partes.

Queda reservada la facultad del tribunal para en casos apropiados prescindir de términos, escritos o procedimientos específicos en orden al más justo y eficiente despacho del caso.