Regla 9. Deberes para con el jurado

PR Laws tit. 4A, § 9 (2018) (N/A)
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El alguacil debe conocer y dar el más estricto cumplimiento a las disposiciones de ley que regulan sus deberes para con el jurado. Mientras el jurado se encuentra bajo su custodia deberá abstenerse de hablarle sobre los méritos del caso bajo su consideración y no permitirá que persona alguna se comunique con ellos. Asimismo es deber del alguacil que custodia a un jurado informar al juez que preside el juicio sobre cualquier acto contrario a las órdenes del tribunal o a sus instrucciones.