Las juezas y los jueces tratarán con consideración y respeto a los abogados y a las abogadas.
También tratarán con consideración y respeto a testigos, jurados, funcionarias o funcionarios del tribunal y a toda persona que comparezca ante el tribunal. Requerirán igual conducta de parte de las abogadas y los abogados, y de las funcionarias o funcionarios o empleadas o empleados del tribunal que estén bajo su dirección.