Regla 9. Implantación del sistema de selección aleatoria

PR Laws tit. 4A, § 9 (2018) (N/A)
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El escogido de las y los jurados se llevará a cabo mediante un procedimiento de selección aleatoria que garantice una participación representativa de la comunidad de acuerdo con el alcance constitucional del derecho a juicio por jurado.

La Oficina de Administración de los Tribunales deberá diseñar el sistema computadorizado que garantice el cumplimiento con los criterios de representatividad y aquellos de elegibilidad que sean establecidos por ley.