Regla 22. Término para el pago

PR Laws tit. 4A, § 22 (2018) (N/A)
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Certificadas las horas de servicio gratuito, el juez o la jueza que presidió el procedimiento aprobará el pago de la compensación y reembolso de costas y gastos que correspondan mediante resolución u orden, dentro de los treinta días a partir del recibo de la solicitud, para lo cual se podrá utilizar un formulario preparado por la Oficina de Administración de los Tribunales. En la resolución u orden también se ordenará al Estado a efectuar el reembolso o pago correspondiente. Una vez aprobado el pago, se notificará a la Jueza o el Juez Administrador con copia del expediente para que proceda a enviar los documentos a la Oficina de Administración de los Tribunales.

El Director o la Directora Administrativa de la OAT establecerá el procedimiento para tramitar el pago y podrá requerir, entre otros, que los abogados y abogadas presenten copia de la moción solicitando la certificación de las horas trabajadas gratuitamente que se requiere en la Regla 21, y cualesquiera otros documentos necesarios para conceder una compensación. El Director o Directora Administrativa establecerá los formularios de los documentos requeridos, de manera que el trámite sea uniforme en las Regiones Judiciales. No obstante lo anterior, de presentarse circunstancias excepcionales, el tribunal, previa solicitud, tendrá la facultad de autorizar pagos parciales.