Este apéndice no altera el proceso de certificación y notificación ordinaria de las decisiones del Tribunal Supremo. Por tal razón, junto con el disquete de la oficina de cada juez(a) debe entregarse a la secretaría el original y el número de copias en papel que disponga el tribunal, para ser certificado y notificado a las partes y a otras entidades o usuarios a quienes se vaya a notificar de la manera ordinaria.