Será altamente impropio de un abogado dar consejo legal a una persona o entidad para facilitar o encubrir la comisión de un delito público. Si un abogado es informado por su cliente de su intención de cometer un delito público, tiene el deber de adoptar aquellas medidas adecuadas para evitar la comisión de tal delito.
Ello no impide que un abogado exprese su opinión honesta sobre la ilegalidad de un estatuto, pero en caso de así hacerlo debe advertir al cliente sobre las consecuencias legales de una violación a la ley y las posibilidades de éxito del planteamiento.