Regla 84. Traslado; orden

PR Laws tit. 34A, § 84 (2018) (N/A)
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La orden de traslado deberá consignarse en acta y el secretario remitirá inmediatamente a la sala a la cual se trasladare la causa, copias certificadas de la orden de traslado, del expediente y de todas las actuaciones, incluyendo las fianzas garantizando la comparecencia del acusado y de los testigos, si las hubiere.