Regla 89. Acumulación de causas

PR Laws tit. 34A, § 89 (2018) (N/A)
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El tribunal podrá ordenar que dos o más acusaciones o denuncias sean vistas conjuntamente si los delitos y los acusados, si hubiere más de uno, pudieron haber sido unidos en una sola acusación o denuncia. El proceso se seguirá como si se tratare de una sola acusación o denuncia.

Si se radicare denuncia ante el Tribunal de Distrito por la comisión de un delito menos grave que esté relacionado con algún delito grave por haber surgido del mismo acto o transacción, o de dos o más actos o transacciones relacionadas entre sí o que constituyeren parte de un plan común, el acusado o el fiscal podrán solicitar del Tribunal de Primera Instancia y este emitirá una orden para que se eleven los autos del caso para ante el Tribunal de Primera Instancia. La solicitud del acusado deberá radicarse en el Tribunal de Distrito antes de que haya comenzado el juicio en el Tribunal de Primera Instancia. El procedimiento en el Tribunal de Primera Instancia se continuará teniendo como base la denuncia radicada en el Tribunal de Distrito y el juicio se ventilará por tribunal de derecho.