La acusación o la denuncia serán suficientes aunque no especificaren la fecha o el momento en que se alega que se cometió el delito, a menos que una alegación en tal sentido fuere necesaria para imputar la comisión de un delito.
La alegación en una acusación o denuncia al efecto de que el acusado cometió el delito se considerará como una alegación de que el delito se cometió después de creado por ley, antes de presentarse la acusación, y dentro del período de prescripción.
Todas las alegaciones en una acusación, denuncia o escrito de especificaciones se interpretarán en el sentido de que se refieren a la misma fecha o momento, a menos que se expresare lo contrario.