Regla 18. Arresto; salida a la fuerza al ser detenido

PR Laws tit. 34A, § 18 (2018) (N/A)
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Cualquier persona que hubiere entrado legalmente en un edificio con el propósito de realizar un arresto podrá forzar cualquier puerta o ventana si ha sido detenida dentro y si dicha acción fuere necesaria para obtener su libertad, y un funcionario del orden público podrá hacer lo mismo para libertar a una persona que hubiere entrado legalmente a un edificio con el fin de efectuar un arresto y estuviere detenida dentro.