Regla 7.4. Alegación que admita los hechos; negativa del tribunal a admitirlos; permiso para cambiarlos

PR Laws tit. 34A, § 7.4 (2018) (N/A)
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El tribunal podrá negarse a recibir una alegación del menor en la que admita los hechos y ordenar que se anote alegación negándolos. En cualquier momento antes de la adjudicación del caso, podrá permitir que la alegación admitiendo los hechos se retire y que se sustituya por una alegación que niegue los hechos o por una que admita la comisión de una falta inferior a la imputada.