Regla 3.4. Efecto de no alegar la fecha

PR Laws tit. 34A, § 3.4 (2018) (N/A)
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La querella expresará la fecha en que se cometió la falta. La omisión de la fecha no afectará la validez de la querella, a menos que la fecha sea una circunstancia esencial a la falta imputada, a la jurisdicción del tribunal o a la defensa del menor. El menor podrá pedir al tribunal que ordene que se especifique la fecha.