§ 5344. Negociación incompatible con el ejercicio del cargo público

PR Laws tit. 33, § 5344 (2018) (N/A)
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Todo funcionario o empleado público que por razón de su cargo, directamente o mediante un tercero, promueva, autorice o realice un contrato, subasta o cualquier operación en que tenga interés patrimonial sin mediar la dispensa o autorización que permita la ley, será sancionado con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años.

El tercero beneficiado también incurrirá en este delito. Si la persona convicta es una persona jurídica será sancionada con pena de multa hasta diez mil dólares ($10,000).

Si la persona obtiene el beneficio perseguido, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de ocho (8) años. Si la persona convicta es una persona jurídica será sancionada con pena de multa hasta treinta mil dólares ($30,000).

El tribunal también podrá imponer la pena de restitución.