§ 5236. Violación de morada

PR Laws tit. 33, § 5236 (2018) (N/A)
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Toda persona que se introduzca o se mantenga en una casa o edificio ocupado ajeno, en sus dependencias o en el solar en que esté ubicado, sin el consentimiento o contra la voluntad expresa del morador o de su representante, o que penetre en ella clandestinamente o con engaño, incurrirá en delito menos grave.