§ 5087. Multa

PR Laws tit. 33, § 5087 (2018) (N/A)
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La pena de multa consiste en la obligación que el tribunal impone al convicto de pagar al Estado Libre Asociado de Puerto Rico la cantidad de dinero que fija la sentencia.

El importe de la multa será determinado por el tribunal tomando en consideración la situación económica, las responsabilidades de familia, el grado de codicia o ganancia mostrado en la comisión del hecho delictivo, la profesión u ocupación del sentenciado, su edad y salud, así como las circunstancias particulares del caso, entre otras.