§ 3432. Recuperación de daños será impedimento para otras acciones

PR Laws tit. 32, § 3432 (2018) (N/A)
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La recuperación de daños y perjuicios en virtud de este capítulo contra las personas que hubieren contestado un mandamus, impedirá el ejercicio de cualquiera otra acción contra la misma persona a causa de su contestación.