(a) El lugar y fecha en que se constituye el fideicomiso;
(b) la declaración expresa de la voluntad de constituir fideicomiso;
(c) el nombre del fideicomiso que se constituye;
(d) la individualización de los bienes del patrimonio, o cuota del mismo, objeto del fideicomiso. Si no resulta posible tal individualización a la fecha de su constitución, debe constar la descripción de los requisitos y características que deben reunir los bienes;
(e) la determinación de la persona que puede incorporar otros bienes al fideicomiso y del modo en que pueden ser incorporados, en su caso;
(f) la designación completa y clara del fideicomitente, del fiduciario y del fideicomisario o de los sustitutos, en su caso. Cuando se trate de fideicomisarios futuros o de clases de fideicomisario, deberán expresarse circunstancias suficientes para su identificación;
(g) las facultades y deberes del fiduciario y las prohibiciones y limitaciones que se le imponen en el ejercicio del fideicomiso;
(h) cualquier reserva de derechos que haga el fideicomitente;
(i) el plazo o condición a que se sujeta el fideicomiso, en su caso;
(j) las reglas de acumulación, distribución o disposición de los bienes, rentas y productos de los bienes del fideicomiso, y
(k) cualquiera otra cláusula que el fideicomitente quiera incluir que no sea contraria a la ley, a la moral o al orden público.