Cualquier persona natural o jurídica que utilice la imagen de otra persona con fines o propósitos comerciales, mercantiles o publicitarios, sin el consentimiento previo de ésta, de la persona que posea una licencia sobre tal imagen, de los herederos en caso de haber fallecido o del agente autorizado de uno de éstos, responderá por los daños causados.
En el evento de no obtenerse el consentimiento requerido en este capítulo, la persona afectada podrá presentar una acción para detener la utilización de dicha imagen y para recobrar los daños causados, incluyendo regalías dejadas de devengar o cualquier pérdida económica resultante de la violación del derecho aquí establecido.