Por la presente la Asamblea Legislativa de Puerto Rico declara que permitir el cobro de honorarios de abogado a los trabajadores o empleados que se ven en la necesidad de reclamar contra sus patronos, al amparo de la legislación laboral federal o local o convenio de trabajo de naturaleza individual o colectivo, equivale a permitir que se reduzca el valor de su trabajo en la cantidad que paguen a sus abogados. Se declara, además, que permitir a las organizaciones obreras que contraten el pago de honorarios de abogado a base de un porcentaje de cualquier beneficio que se obtenga mediante la contratación colectiva redunda en detrimento de la paz industrial, al dársele asiento en la mesa de negociación a un interés particular, ajeno a los que propiamente deben ser objeto de negociación.
Se declara, por lo tanto, que la política del Gobierno de Puerto Rico es proteger a los trabajadores y empleados contra tales reducciones en el valor de su trabajo, y proteger al interés público contra dichos contratos a base de porcentaje, ya que los mismos redundan en detrimento de la paz industrial.