§ 2886. Reglamento

PR Laws tit. 32, § 2886 (2018) (N/A)
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La Oficina de Administración de los Tribunales deberá previo a la vigencia de esta ley redactar y aprobar un reglamento, o enmendar cualquier reglamento aplicable, a los efectos de establecer el procedimiento adecuado a seguirse para la implantación de este capítulo.