La aceptación del nombramiento por parte de un comisionado dará derechos a todos y cada uno de los interesados para obligarle a que cumpla su cargo en el término que racionalmente se estime necesario, teniendo en consideración la importancia y dificultad de la división; y, si dejare de hacerlo, podrá cualquiera de las partes solicitar del juez del Tribunal de Primera Instancia un auto ordenándole que lo haga.