§ 2543. Juicio por reclamaciones no presentadas dentro de seis meses

PR Laws tit. 32, § 2543 (2018) (N/A)
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Si algún acreedor promoviere juicio por una deuda, cuya reclamación no se hubiere presentado dentro de los seis (6) meses de publicado el aviso a los acreedores, no será responsable el albacea o administrador por los caudales o dinero que hubiere entregado a cuenta de legítimas reclamaciones, legados o hijuelas antes de intentarse la acción.