§ 1499. Exención de derechos a la Sociedad para Asistencia Legal—Firma y sello de escritos y documentos de la Sociedad para Asistencia Legal

PR Laws tit. 32, § 1499 (2018) (N/A)
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Los escritos judiciales, las solicitudes de certificaciones de documentos públicos y las solicitudes de inscripciones en registros públicos que se tramiten de acuerdo con las secs. 1496 a 1499 de este título deberán ser firmadas por un abogado de la Sociedad para Asistencia Legal y llevar estampado el sello de ésta.