§ 1497. Exención de derechos a la Sociedad para Asistencia Legal—Servicios de funcionarios judiciales; mandamientos y providencias

PR Laws tit. 32, § 1497 (2018) (N/A)
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Las personas para quienes la Sociedad para Asistencia Legal tramite acciones judiciales en los tribunales tendrán derecho a los servicios de los funcionarios y empleados de dichos tribunales y a todos los mandamientos y providencias de los mismos, como si los derechos requeridos por ley hubieren sido satisfechos.