§ 1496. Exención de derechos a la Sociedad para Asistencia Legal—Procedimientos judiciales; certificaciones; otorgamiento e inscripción de documentos

PR Laws tit. 32, § 1496 (2018) (N/A)
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En todo lo que fuere pertinente al desempeño de sus funciones y logro de sus objetivos o necesario para el trámite de los casos o asuntos en que estuviere interviniendo a beneficio de las personas a quienes esté prestando servicios legales gratuitos, la Sociedad para Asistencia Legal de Puerto Rico queda por la presente exenta del pago de toda clase de derechos, aranceles, contribuciones o impuestos de cualquier naturaleza prescritos por las leyes vigentes para la tramitación de procedimientos judiciales, incluyendo sello forense, expedición de certificaciones en todos los centros del Gobierno Estatal, o para el otorgamiento de documentos públicos y privados y la autenticación de los mismos, y su inscripción en cualquier registro público de Puerto Rico.