Regla 67.4. Presentación de escritos y documentos

PR Laws tit. 32A, § 67.4 (2018) (N/A)
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Todo escrito posterior a la demanda se presentará en el tribunal, pero las deposiciones, los interrogatorios, los requerimientos de admisiones y las contestaciones a éstos, y las ofertas de sentencias no se presentarán hasta tanto sea necesaria su utilización en los procedimientos o su presentación sea ordenada por el tribunal a moción de parte o a instancia propia.