Regla 40.6. Citación a testigos para la toma de deposiciones fuera de la jurisdicción

PR Laws tit. 32A, § 40.6 (2018) (N/A)
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Las personas testigos que se encuentren fuera de la jurisdicción serán citadas para la toma de una deposición mediante una comisión o suplicatoria dirigida a la autoridad judicial competente del lugar donde se encuentra la persona testigo. Su testimonio será tomado mediante una deposición según lo establecido en la Regla 25.2 de este apéndice y la transcripción de dicho testimonio podrá ser utilizada en sustitución del testimonio.