Regla 8.9. Divulgación

PR Laws tit. 32A, § 8.9 (2018) (N/A)
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Toda corporación no gubernamental deberá identificar mediante una certificación a esos efectos, la existencia de todas las corporaciones matrices, subsidiarias y afiliadas que posean el diez por ciento (10%) o más de sus acciones o la inexistencia de estas. La certificación aludida deberá ser presentada en la primera comparecencia ante el tribunal y se hará formar parte del expediente.

Si en la primera comparecencia se establece que no existen corporaciones que posean el diez por ciento (10%) o más de sus acciones y posteriormente cambia esa circunstancia, la corporación deberá divulgarlo prontamente por escrito al tribunal.