Regla 5.1. Alegaciones

PR Laws tit. 32A, § 5.1 (2018) (N/A)
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Las alegaciones permitidas serán la demanda, la reconvención, la demanda contra coparte, la demanda contra tercero y sus respectivas contestaciones.

No se permitirá ninguna otra alegación, pero el tribunal podrá exigir que se presente una réplica a una contestación o a una contestación de tercero.