§ 5299. Día en que comienza a correr el término prescriptivo—Acciones para las cuales no haya disposición especial alguna
PR Laws tit. 31, § 5299 (2018) (N/A)
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El tiempo para la prescripción de toda clase de acciones, cuando no haya disposición especial que otra cosa determine, se contará desde el día en que pudieron ejercitarse.