§ 5270. Título inscrito

PR Laws tit. 31, § 5270 (2018) (N/A)
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Contra un título inscrito en el registro de la propiedad no tendrá lugar la prescripción ordinaria del dominio o derechos reales en perjuicio de tercero, sino en virtud de otro título igualmente inscrito, debiendo empezar a correr eltiempo desde la inscripción del segundo.