§ 5267. Interrupción civil—Cuando se considera no hecha la citación judicial

PR Laws tit. 31, § 5267 (2018) (N/A)
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(1) Si fuere nula por falta de solemnidades legales.

(2) Si el actor desistiere de la demanda o dejare caducar la instancia.

(3) Si el poseedor fuere absuelto en la demanda.