§ 5123. Responsabilidad del que actúa de buena fe

PR Laws tit. 31, § 5123 (2018) (N/A)
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El que de buena fe hubiera aceptado un pago indebido de cosa cierta y determinada sólo responderá de las desmejoras o pérdidas de ésta y de sus accesiones, en cuanto por ellas se hubiese enriquecido. Si la hubiese enajenado, restituirá el precio o cederá la acción para hacerlo efectivo.