§ 5104. Responsabilidad por caso fortuito

PR Laws tit. 31, § 5104 (2018) (N/A)
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El gestor de negocios responderá del caso fortuito cuando acometa operaciones arriesgadas que el dueño no tuviese costumbre de hacer, o cuando hubiese pospuesto el interés de éste al suyo propio.