§ 5101. Término de la obligación de la persona que se encarga voluntariamente de los negocios de otro sin mandato de éste

PR Laws tit. 31, § 5101 (2018) (N/A)
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El que se encarga voluntariamente de la agencia o administración de los negocios de otro, sin mandato de éste, está obligado a continuar su gestión hasta el término del asunto y sus incidencias, o a requerir al interesado para que lo substituya en la gestión, si se hallase en estado de poder hacerlo por sí.