§ 5004. Prenda e hipoteca son indivisibles; pago parcial

PR Laws tit. 31, § 5004 (2018) (N/A)
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La prenda y la hipoteca son indivisibles, aunque la deuda se divida entre los causahabientes del deudor o del acreedor.

No podrá, por tanto, el heredero del deudor que haya pagado parte de la deuda pedir que se extinga proporcionalmente la prenda o la hipoteca mientras ladeuda no haya sido satisfecha por completo.

Tampoco podrá el heredero del acreedor que recibió su parte de la deuda devolver la prendani cancelar la hipoteca en perjuicio de los demás herederos que nohayan sido satisfechos.

Se exceptúa de estas disposiciones el caso en que siendo varias las cosas dadas en hipoteca o en prenda, cada una de ellas garantice solamente una porción determinada del crédito.

El deudor, en este caso, tendrá derecho a que se extingan la prenda o la hipoteca a medida que satisfaga la parte de deuda de que cada cosa responda especialmente.