(1) Que se constituya para asegurar el cumplimiento de una obligación principal.
(2) Que la cosa pignorada o hipotecada pertenezca en propiedad al que la empeña o hipoteca.
(3) Que las personas que constituyan la prenda o hipoteca tengan la libre disposición de sus bienes o en caso de no tenerla, se hallen legalmente autorizadas al efecto.