§ 4875. Obligaciones del fiador limitadas a las del deudor principal

PR Laws tit. 31, § 4875 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

El fiador puede obligarse a menos, pero no a más que el deudor principal, tanto en la cantidad como en lo oneroso de las condiciones.

Si se hubiera obligado a más, se reducirá su obligación a los límites de la del deudor.