§ 4795. Pago de la renta correspondiente al año en que muere el que la disfruta

PR Laws tit. 31, § 4795 (2018) (N/A)
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La renta correspondiente al año en que muere el que la disfruta, se pagará en proporción a los días que hubiese vivido; si debía satisfacerse por plazos adelantados, se pagará el importe total del plazo que durante su vida hubieseempezado a correr.