§ 4342. Término de la sociedad

PR Laws tit. 31, § 4342 (2018) (N/A)
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La sociedad dura por el tiempo convenido; a falta de convenio, por el tiempo que dureel negocio que haya servido exclusivamente de objeto a la sociedad,si aquél por su naturaleza tiene una duración limitada; y en cualquier otro caso, por toda la vida de los asociados, salvo la facultad que se les reserva en la sec. 4391 de este título y lo dispuesto en la sec. 4395 del mismo.