§ 4321. Sociedad universal de ganancias

PR Laws tit. 31, § 4321 (2018) (N/A)
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La sociedad universal de ganancias comprende todo lo que adquieran los socios por su industria o trabajo mientras dure la sociedad.

Los bienes muebles o inmuebles que cada socio posee al tiempo de la celebración del contrato continúan siendo de dominio particular, pasando sólo a la sociedad el usufructo.