§ 4131. Aprobación del trabajo

PR Laws tit. 31, § 4131 (2018) (N/A)
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Cuando se conviniere que la obra se ha de hacer a satisfacción del propietario, se entiende reservada la aprobación, a falta de conformidad, al juicio pericial correspondiente.

Si la persona que ha de aprobar la obra es un tercero se estará a lo que éste decida.